Desde el 1 de mayo en Cataluña se impone el impuesto autonómico en bebidas azucaradas, que grava los precios finales de aquellos productos que entren dentro del segmento de los considerados como azucarados.

Dentro de este segmento se encuentran los siguientes tipos de productos:

  • Aguas con sabores
  • Batidos
  • Bebidas alternativas de la leche
  • Bebidas de café
  • Bebidas de leche con zumo de fruta
  • Bebidas de néctar de frutas
  • Bebidas de té
  • Bebidas deportivas
  • Bebidas energéticas
  • Bebidas vegetales
  • Leches endulzadas
  • Refrescos
  • Sodas

Todos estos productos recibirán en Cataluña desde el 1 de mayo un impuesto agravatorio que supondrá el incremento del precio de la siguiente manera. Si el producto en cuestión presenta entre 5 y 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros, el precio final se incrementará en 0,08 céntimos el litro. Por otra parte, si el producto presenta una composición que incluye más de 8 gramos por cada 100 mililitros, el precio se incrementará en hasta 0,12 céntimos el litro.

Los sectores en los que afectará principalmente este incremento del precio para bebidas o productos de este tipo serán la hostelería en general, toda la distribución de los mismos, así como la industria de comercialización de cada uno de los productos.

El impuesto busca dos cosas. Por un lado la recaudación incrementada por este tipo de consumo, que durante los últimos meses ha demostrado un mejor ritmo. Por otro lado, también se busca un consumo más saludable por parte de los clientes o ciudadanos que opten por este tipo de productos de forma habitual, tal y como la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha estimado necesario en todo el mundo.

Queda por ver si, además, supone un cambio en la formulación de estos productos y similares por parte de las empresas responsables de su fabricación.